Dictamen del procurador y los caminos que condicionan la reelección de Jaldo
Casal deberá decir si la CSJN entra de oficio en la causa, pero su parecer no obliga al tribunal ni define si Jaldo puede competir en 2027, según la oposición. El mandatario prometió acatar el fallo de la Corte.
· 3 min de lectura Por Redacción Base Tucumán

Osvaldo Jaldo afirmó en Tucumán que respetará la decisión que emita la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) frente a la demanda opositora que apunta impedir su postulación a la reelección en 2027.
Parte de la oposición elevó el planteo al máximo tribunal nacional contra el artículo 90 de la Constitución provincial. Sostiene que, si Jaldo buscara un nuevo mandato, acumularía dieciséis años seguidos en los principales cargos del Poder Ejecutivo después de haber sido vicegobernador en dos períodos consecutivos (2015-2023).
El gobernador se refirió al litigio en una conferencia de prensa. “Este gobernador no está aferrado a ningún sillón y está muy preparado para gobernar cuatro años en la provincia de Tucumán. Me voy a allanar al fallo que salga de la Corte de la Nación”, indicó. Sobre los plazos judiciales, precisó: “Una vez que eso ya está en la Corte nacional, lo único que hacemos es esperar, con los tiempos que se tome la Corte y, fundamentalmente, el procurador en primera instancia. No hay duda de que los fallos o dictámenes que de allí se emanen nosotros los vamos a cumplir a rajatabla”.
El martes, la Secretaría de Juicios Originarios de la Corte pidió a la Procuración General de la Nación —conducida en forma interina por Eduardo Casal— que se expida sobre si la causa es de competencia originaria del tribunal nacional. Ese dictamen marcará uno de los primeros hitos procesales de la controversia.
Con el patrocinio del abogado Marcelo Giullitti Oliva, los partidos Cambia Tucumán, PRO, CREO y Fuerza Republicana formalizaron la acción contra la norma que habilita la continuidad correlativa en los dos cargos de mayor jerarquía del Ejecutivo. Desde el gobierno provincial sostienen que no existe impedimento para que Jaldo, que asumió como gobernador (2023-2031), compita nuevamente; la oposición objeta esa lectura en un escrito de casi cuarenta páginas.
Casal será quien indique si corresponde que la CSJN intervenga de forma originaria. Su opinión, no obstante, no resulta vinculante: los integrantes del máximo tribunal pueden coincidir con su criterio o apartarse. En la práctica, el tribunal suele alinearse con la Procuración en la mayoría de los casos por la jerarquía técnica del organismo.
Si el procurador recomendara rechazar la competencia originaria y los magistrados siguieran esa línea, el conflicto no quedaría cerrado en forma definitiva. Los demandantes podrían intentar proseguir el debate ante la Justicia provincial, si encuentran una vía procesal habilitada para cuestionar la validez del artículo 90.
En el escenario inverso —que Casal sostenga que la CSJN debe intervenir— el tribunal debería decidir si acepta esa recomendación y, en una etapa posterior, abordar el fondo constitucional. Allí se contrastarían los argumentos sobre alternancia republicana y la interpretación del artículo 90 con la defensa de la autonomía provincial y la distinción entre los cargos de gobernador y vicegobernador. En esa instancia también podría plantearse la solicitud de medidas cautelares.
Una decisión favorable a la intervención de la Corte no equivale, por sí sola, a inhabilitar a Jaldo para competir cuatro años más: la aceptación de la competencia y el análisis de fondo son etapas distintas.
El expediente reactiva el antecedente de Juan Manzur. En 2023, la CSJN intervino ante su candidatura a vicegobernador y suspendió cautelarmente la postulación; tras el desistimiento del exmandatario, el asunto quedó abstracto y no hubo sentencia definitiva sobre el alcance del artículo 90. La oposición incorporó ese precedente al escrito, entre otros. Jaldo lo diferenció: “Ha querido buscar un quinto mandato y la Constitución es muy clara: no se puede tener un quinto mandato”.


