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Estados Unidos exigirá declaración sanitaria firmada antes de embarcar desde noviembre de 2026

Ante el brote de ébola en África central, los CDC obligan a certificar por escrito que no se estuvo en la República Democrática del Congo en los 21 días previos al vuelo. Aplica a pasajeros, tripulaciones y escalas en EE.UU.

· 3 min de lectura Por Redacción Base Tucumán

Estados Unidos exigirá declaración sanitaria firmada antes de embarcar desde noviembre de 2026
Un control migratorio en un aeropuerto.

A partir de noviembre de 2026, quienes se dirijan a Estados Unidos en vuelos internacionales deberán cumplir un requisito sanitario federal vinculado al brote de ébola en África central. La norma busca impedir que personas expuestas al virus ingresen al país mientras aún puedan desarrollar síntomas.

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) publicaron la disposición, que alcanza a viajeros de cualquier nacionalidad que partan desde el exterior hacia territorio estadounidense, incluidos los tramos en los que EE.UU. funcione solo como punto de conexión hacia otro destino final.

Desde las 23:59 del 3 de noviembre de 2026, hora estándar del Este, cada persona que aborde una aeronave en el extranjero con destino a Estados Unidos deberá entregar una declaración firmada en la que certifique no haber estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al embarque. La obligación —incorporada en una modificación de la orden emitida el 28 de octubre— cubre a ciudadanos estadounidenses, nacionales, residentes permanentes legales y extranjeros, con independencia del país de origen del vuelo, y también a integrantes de tripulaciones de aviones de pasajeros y de carga.

Quedan exceptuados los casos en que el Gobierno estadounidense autorice el transporte de personas con ébola, y quienes obtengan una exención puntual por razones humanitarias u otras consideraciones oficiales relevantes, como una evacuación médica de emergencia. Para los CDC, cuenta como presencia en la RDC incluso una escala en un aeropuerto congoleño si el viajero no salió de la terminal, no pasó controles migratorios o permaneció a bordo durante la parada; solo queda fuera el sobrevuelo del territorio sin aterrizaje. Quienes hayan estado en ese país deben completar 21 días calendario fuera de la RDC antes de embarcar hacia EE.UU.: el día de la salida se computa como día 0 y el primer día entero fuera del territorio como día 1.

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Sin el documento —salvo exención oficial— no se podrá abordar; las aerolíneas no pueden sustituirlo por una declaración verbal ni conceder excepciones por cuenta propia, y la información falsa puede acarrear consecuencias legales. La orden enmendada permanecerá vigente hasta que la agencia la modifique o rescinda, o hasta las 23:59 del 18 de diciembre de 2026, lo que ocurra primero; la extensión dependerá de la evolución del brote, los casos nuevos, su expansión geográfica, los indicadores de transmisión comunitaria y la capacidad de respuesta sanitaria en las zonas afectadas.

El 28 de octubre, el organismo precisó que en Estados Unidos no se habían confirmado casos de ébola ligados a este brote y que el riesgo general para la población y los viajeros seguía siendo bajo. La certificación integra el paquete de medidas preventivas orientadas a reducir el riesgo de importación de la enfermedad.

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