Comisiones del Senado avalan el régimen permanente de discapacidad y habilitan el debate en el recinto
El plenario de Presupuesto y Población despachó este miércoles el texto ya aprobado en Diputados, con apoyo de oficialismo y oposición. Si el pleno lo sanciona sin cambios antes del 30 de noviembre, quedará convertido en ley.
· 3 min de lectura Por Redacción Base Tucumán

Este miércoles, las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Población y Desarrollo Humano del Senado emitieron dictamen sobre el proyecto de fortalecimiento de la atención a la discapacidad. Con ese paso, la iniciativa queda habilitada para tratarse en el recinto de la Cámara alta; según los plazos habituales del cuerpo, el debate podría abrirse en unas dos semanas.
El despacho reunió una mayoría amplia e inédita: integrantes de La Libertad Avanza (LLA), la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO, sectores del peronismo disidente, fuerzas provinciales y representantes del kirchnerismo. El dictamen respalda el mismo texto que la Cámara de Diputados ya aprobó, de modo que una sanción en el Senado sin modificaciones evitaría una nueva revisión en la Cámara baja.
La Ley de Fortalecimiento, Sostenibilidad y Eficiencia Permanente del Sistema de Discapacidad propone sustituir el esquema de emergencia por un régimen permanente y de orden público, con el fin de asegurar la continuidad de beneficios y prestaciones para las personas con discapacidad.
En pensiones, mantiene las prestaciones no contributivas por discapacidad —equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio— y la posibilidad de compatibilizarlas con empleo formal o monotributo para quienes tengan Certificado Único de Discapacidad (CUD), siempre que sus ingresos no superen dos salarios mínimos, vitales y móviles.
En salud, garantiza a los titulares de pensiones no contributivas por invalidez laboral y por discapacidad el acceso a un programa médico con las prestaciones básicas de la Ley 24.901, incluida la continuidad de la atención a través de Incluir Salud. El proyecto también ratifica el nomenclador único de prestaciones, la homogeneidad de aranceles y su actualización automática y periódica mediante el índice de movilidad jubilatoria, vinculado al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Ese último punto motivó objeciones de la senadora cordobesa Vigo, que solicitó cuatro modificaciones al texto. Esos cambios, sin embargo, obligarían a devolver el proyecto a Diputados para una segunda revisión en un contexto de escaso margen: el período ordinario de sesiones cierra el 30 de noviembre.
Para sostener el financiamiento, el texto prevé partidas del Ministerio de Salud y compensaciones con fondos del Tesoro si resultaran insuficientes, y establece que la asignación presupuestaria no podrá ser inferior, en términos reales, a la del ejercicio anterior. Incorpora auditorías periódicas mediante el cruce de datos entre la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Registro Nacional de las Personas (Renaper).
Los controles deberán respetar un debido proceso inclusivo: ante suspensiones, las personas afectadas recibirán notificación fehaciente y dispondrán de 60 días para presentar descargo y pedir la revisión de su situación. Por último, el Poder Ejecutivo deberá comunicar un cronograma de regularización de compensaciones pendientes a prestadores dentro de los 30 días corridos desde la entrada en vigencia de la ley y garantizar la cancelación total de los pagos en 90 días corridos para quienes hayan completado el trámite administrativo.
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